Incluye subsidio: Congreso despacha ley que va en ayuda de clientes morosos de servicios básicos en pandemia

El Senado despachó la ley que busca prorratear el pago de las deudas en servicios básicos a causa de la pandemia. Su aprobación llega a días de que acabe la prohibición de cortes de estos servicios por deudas.

El Congreso despachó la jornada de ayer el proyecto de ley, impulsado desde el Gobierno, que regula el mecanismo de postergación y prorrateo de las deudas contraídas por usuarios de servicios básicos, producto de la pandemia. Su tramitación demoró solo 22 días.

La iniciativa fue ingresada el pasado 4 de enero y aprobada esta última jornada por el Senado, que por unanimidad y sin debate, autorizó las modificaciones realizadas a este por la Cámara de Diputados y Diputadas en el trámite anterior.

servicios básicos deuda
El subsidio beneficiaría al menos a siete de cada 10 morosos por servicios básicos de agua y luz. Foto: La Tercera.

Lo anterior, ocurrió a días de que hubiera acabado el período que prohibía la suspensión de servicios sanitarios, gas de red y electricidad, por deudas impagas. De hecho, fueron las mismas empresas las que pactaron extender la medida, que finalizaba el 31 de diciembre de 2021, al 31 de enero de 2022.

«Es un avance muy importante para las personas que han tenido dificultades producto de la pandemia y que no han podido hacer frente a sus consumos de servicios básicos de agua y de luz», señaló el ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno.

El jefe de cartera detalló que, en la actualidad, existen más de 600 mil familias , en el caso del agua, y un poco más de 700 en cuanto a luz, que no han podido hacer frente a sus gastos, y han acumulado una gran cantidad de cuentas impagas.

El proyecto despachado incluye una serie de beneficios que permitirán a miles de deudores solicitar que su cuenta sea pagada en 48 cuotas sin intereses, gastos, reajustes ni multas.

«De esta manera, se podrá pagar en cuotas lo que no se pagó durante el tiempo de la pandemia o durante el período que no pudieron hacer frente a las cuentas», destacó el ministro.

Asimismo, incluye un subsidio estatal y la posibilidad de extinguir el saldo de la deuda al término del período de pago acordado. Estos beneficios aplican a quienes adeuden cuentas en servicios de agua y electricidad contraídas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

¿Qué establece la ley para pago de servicios básicos?

En detalle, esta ley establece lo siguiente:

1) Los consumidores podrán cancelar la deuda contraída entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, en 48 cuotas sin interés.

2) Si dicha cuota supera el 15% del valor de una boleta promedio de consumo, se entrega un subsidio, de manera que el Estado asume ese porcentaje.

3) Una vez pagadas las 48 cuotas, en caso de existir un saldo de la deuda con las empresas sanitarias y las empresas y cooperativas de distribución de electricidad durante el periodo comprendido entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, este se extinguirá.

4) Podrán postular al beneficio aquellos que consuman un máximo de 15 metros cúbicos (equivale a un 73% de los deudores) y 250 kw/h (corresponde a un 75% de los morosos) al mes.

En esta línea, el ministro Moreno hizo énfasis en que «las personas que estén en los rangos de consumo más bajo, que incluye en este caso al 75% de todos los morosos, van a tener un beneficio que va mucho más allá» del prorrateo y postergación.

Esto, debido a que lo que deban pagar en tales cuotas, será subsidiado en una parte que pagará el Estado (correspondiente hasta el 15% del promedio de la cuenta), y las diferencias que se produzcan, serán extinguidas al final de los 48 meses.

La autoridad explicó que el proyecto busca beneficiar a los usuarios más vulnerables, haciéndose cargo de la deuda de quienes tienen bajos consumos y de aquellas agrupaciones colectivas con iguales consumos promedios.

Nicolás A. Aravena Alzamora
Nicolás A. Aravena Alzamora
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